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jueves, 22 de agosto de 2013

Operativo contra vehículos con cristales polarizados.

En diez días se ha infraccionado a cerca de 800 automovilistas

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Como una medida preventiva de seguridad, en diez días se han levantado 773 infracciones a propietarios de vehículos con vidrios polarizados, o algún otro aditamento que impida la total visibilidad hacia el interior del mismo, así lo informó Francisco Poe Morales, comisario general de la Policía Vial.
El funcionario señaló que además de la vigilancia ordinaria sobre el particular, este operativo especial comenzó el pasado 12 de agosto, para detectar a aquellos vehículos que circulen con uno o varios de los cristales polarizados, motivo por el cual se ha sancionado a los cerca de 800 automovilistas.
Al recordar que la multa por infringir esta disposición de la Ley, es de uno a cinco salarios mínimos, Poe Morales subrayó que el único objetivo de este operativo es concientizar a la gente de que los vehículos son medios para transportarse, no para cualquier otra actividad fuera de la ley, pues es muy probable que quien quiere pasar desapercibido cuando circula en un vehículo por lo menos levanta alguna sospecha.
Explicó que la intensidad del polarizado va desde bajo y medio hasta alto, y por lo general la gente opta por éste último, sobre todo en el cristal trasero del vehículo, en ocasiones hasta en los laterales y sólo para el parabrisas se elige uno más leve.
El Comisario General de la Policía Vial comentó que los motivos más frecuentes de las 773 infracciones que se han levantado del 12 al 21 de agosto son, además de circular con cristales polarizados, usar cortinas, calcomanías y otros objetos que obstruyen ver hacia adentro del automotor.  
En el artículo 176, la nueva Ley de Movilidad y Transporte señala que "se sancionará a los conductores o propietarios de vehículos que cometan las siguientes infracciones (…) Fracción IV. Usar cristales polarizados u otros elementos que impidan totalmente la visibilidad hacia el interior del vehículo, o polarizado de cualquier intensidad en el parabrisas del vehículo".  
Cabe señalar que la anterior Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco, en su artículo 162 únicamente señalaba "se sancionará con multa equivalente a un día de salario mínimo general por (…) Fracción IV: Usar cristales u otros elementos que impidan totalmente la visibilidad hacia el interior del vehículo".

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